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APR – Dónde aparcar en Madrid

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Las restricciones de circulación en la ciudad de Madrid están siendo bastante polémicas. Nunca llueve a gusto de todos, pero hemos de reconocer que hay un arduo trabajo detrás con el fin de preservar el uso sostenible de la vía pública y disminuir los niveles de contaminación acústica y atmosférica. Pero, ¿dónde aparcar sin recibir una sanción?

Todo son dudas para el conductor: ¿puedo ir a la oficina en coche? Viajo en coche desde otra ciudad, ¿puedo entrar en Madrid? No soy de Madrid, ¿qué pasa si me pierdo y acabo callejeando por la ciudad? En este post, te mostramos algunos consejos para afrontar tales restricciones y saber dónde aparcar el coche en Madrid con la ayuda de Parkapp.

Ya sabemos cómo actuar ante el Protocolo de contaminación pero, ¿qué debemos saber sobre los Criterios de Acceso?

La norma general dice que los vehículos “empadronados” pueden circular libremente por el interior de MC (Madrid Central) y estacionar en el SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) de su barrio. Fuera de su barrio, podrán hacerlo en zona verde – previo pago -. Los vehículos CERO no tendrán restricción horaria en zona SER, mientras que los ECO no podrán excederse de las 2 horas – circulando por ella o con el coche aparcado en una de sus plazas.

Los vehículos con etiqueta B o C podrán entrar en algunos casos, que expondremos a continuación. Los vehículos sin etiqueta ambiental no podrán entrar en MC, salvo que sean de residentes empadronados o de sus invitados, PMR (Plazas de Movilidad Reducida)… entre otros.

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Imagen cedida por El Mundo.

Hemos de explicar con detenimiento las Áreas de Prioridad Residencial (comúnmente conocidas como APR) que, tal como podemos leer en la página web del Ayuntamiento de Madrid, son espacios en los que se restringe el acceso a vehículos de no residentes.

Actualmente existen cuatro Áreas de Prioridad Residencial: Letras, Cortes, Embajadores y Ópera. Para conocer la delimitación de estas, sería útil consultar su ámbito geográfico.

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Los accesos a las Áreas de Prioridad Residencial están debidamente señalizados, con señal de advertencia de vídeovigilancia.

Para determinados vehículos, el acceso a estas áreas es libre: residentes del SER, turismos con autorización Cero Emisiones del SER, autotaxis, ambulancias, motocicletas – de 7 a 22 horas* – y bicicletas.

*Fuera de este horario, las motocicletas con etiqueta B o C deben hacer uso de un aparcamiento público o garaje privado.

Asimismo, pueden acceder los vehículos que estacionen en un parking o garaje. Por tanto, si reservas plaza en un aparcamiento de Madrid, podrás acceder a la zona en cuestión sin ser multado. Con Parkapp, aparcar en el centro de Madrid será posible.

En la sección “Acceso y Autorizaciones” podrás consultar con mayor exactitud todos los supuestos. Destacar también que existen diferentes colectivos que deben solicitar una autorización de acceso; los requisitos y trámites están recogidos en la página web del Ayuntamiento.

El control en las Áreas de Prioridad Residencial se realiza con cámaras situadas en las vías de acceso. El número de la matrícula captada es contrastado con la base de datos de matrículas autorizadas, iniciándose el procedimiento sancionador en los vehículos cuyo acceso no está autorizado.

¿Qué debo hacer si recibo una multa?

Si reservaste con Parkapp, no te preocupes: seguramente haya sido un error. En primer lugar, ponte en contacto con nosotros para confirmar el estado de tu reserva. El parking nos confirmará tu matrícula y las fechas de acceso al aparcamiento. Todo esto te lo enviaremos junto con tu resguardo de compra para que lo puedas enviar al Ayuntamiento; debes hacer un pequeño escrito donde reflejes el nombre del parking, su dirección y fechas de tu estancia.

No dudes en consultar a Parkapp todas tus dudas sobre las nuevas medidas de circulación en Madrid y sus parkings públicos.

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